En el derecho de la competencia existe una máxima tan sencilla como incómoda: el verdadero poder rara vez se manifiesta mediante un monopolio declarado; suele construirse, poco a poco, ganando terreno hasta que los rivales apenas encuentran espacio para competir. En Cataluña, esa reflexión adquiere un nombre propio: Veolia.
La multinacional francesa se ha convertido en uno de los actores dominantes del sector del agua, acumulando durante los últimos años un elevado número de adjudicaciones públicas. Su dimensión internacional, su músculo financiero y su capacidad para operar simultáneamente en múltiples mercados la sitúan en una posición que muy pocos competidores pueden igualar. No es ilegal ser grande. Tampoco lo es ganar concursos públicos. Pero cuando un mismo operador aparece de manera recurrente entre los vencedores de los principales contratos, el periodismo tiene la obligación de preguntar si el mercado continúa siendo realmente competitivo.
La actualidad vuelve a colocar esa cuestión sobre la mesa. El Área Metropolitana de Barcelona ha iniciado el procedimiento previsto en la Ley de Contratos del Sector Público para comprobar la viabilidad de la oferta presentada por Veolia en el macroconcurso del agua. Se trata del conocido expediente por oferta anormalmente baja, un mecanismo jurídico diseñado precisamente para evitar que una propuesta económicamente muy inferior al resto pueda comprometer la correcta ejecución del contrato o alterar la competencia.
Conviene ser rigurosos. La apertura de este procedimiento no supone una sanción ni implica que la empresa haya actuado de forma irregular. La ley reconoce el derecho del licitador a justificar que su oferta es perfectamente viable mediante innovaciones técnicas, economías de escala o una organización empresarial más eficiente. Sin embargo, la existencia misma de este mecanismo revela una preocupación del legislador: el precio más bajo no siempre representa la mejor oferta cuando puede poner en riesgo la correcta ejecución del contrato o favorecer dinámicas que terminen debilitando la competencia efectiva.
Y aquí aparece la cuestión de fondo. Si una multinacional con recursos prácticamente inagotables puede presentar ofertas que otros operadores difícilmente están en condiciones de igualar, la competencia corre el riesgo de convertirse en una carrera donde unos participan a pie mientras otro conduce un tren de alta velocidad. Formalmente todos compiten; materialmente, las posibilidades no son las mismas.
El agua no es un producto cualquiera. Es un servicio esencial cuya gestión condiciona inversiones, infraestructuras y políticas públicas durante décadas. Por eso la concentración progresiva del mercado merece una vigilancia constante. La libre competencia no se protege únicamente impidiendo los monopolios legales; también exige analizar aquellos procesos mediante los cuales un operador alcanza una posición tan dominante que termina convirtiéndose en el interlocutor casi inevitable de las administraciones.
No corresponde a un periódico declarar que exista una infracción. Esa tarea pertenece a los órganos de contratación, a los tribunales administrativos y, en su caso, a las autoridades de defensa de la competencia. Pero sí corresponde al periodismo señalar una evidencia incómoda: cuando el mismo gigante aparece una y otra vez al final de la carrera con el trofeo en la mano, la noticia deja de ser que ha vuelto a ganar.
La verdadera noticia es preguntarse si todavía queda una carrera por disputar.
Porque, si las ofertas anormalmente bajas terminan siendo admitidas sin un examen especialmente exigente, pueden convertirse en una herramienta capaz de expulsar competidores del mercado hasta dejar el terreno prácticamente despejado para los operadores con mayor capacidad financiera.
La paradoja es evidente: una administración que acepta una propuesta muy por debajo de sus propias previsiones económicas asume también la responsabilidad de comprobar que ese contrato será sostenible desde el punto de vista económico, social y medioambiental, tal y como exige el interés público.
De lo contrario, el ahorro inicial puede acabar siendo una ilusión contable. Un contrato difícilmente sostenible corre el riesgo de traducirse en menores inversiones, menor calidad del servicio y mayores costes futuros. Y, como ocurre demasiadas veces, quien termina pagando el precio no es la empresa adjudicataria ni la administración contratante, sino el ciudadano, destinatario final de un servicio público que nunca debería convertirse en víctima de una guerra de precios.









